Estatuto capítulo a capítulo

Conoce el ESTATUTO: la Secretaría del Interior y Administración

El Estatuto capítulo a capítulo… 

 

TÍTULO QUINTO

De las facultades y obligaciones de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional

Capítulo III

LA SECRETARÍA DEL INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN

 

ARTÍCULO 83.- La Secretaría del Interior y Administración tiene dos funciones:

a) Supervisar y coordinar las Secciones y Delegaciones del interior de la República Mexicana, coadyuvando con los titulares de las Secretarías en sus respectivas funciones.

b) Tener a su cargo la Administración de los bienes y recursos del Sindicato.

ARTÍCULO 84.- Son facultades del titular de la Secretaría del Interior y Administración:

I. Supervisar y coordinar el desarrollo e instrumentación del Plan Estratégico de todas las Secciones y Delegaciones del Sindicato, en sus respectivas oficinas, coordinando sus acciones con el Comité Ejecutivo Nacional.

II. Mantener la cohesión sindical a nivel local y nacional.

III. Designar al titular de la coordinación de Secciones y Delegaciones estatales, regionales o de zona en la República Mexicana e informar al Pleno del Comité Ejecutivo Nacional, para su ratificación.

IV. En unión con la Secretaría General otorgar los nombramientos que se requieran para su representación en las Secciones y Delegaciones.

V. Encargarse de la administración interna del Sindicato. Administrar el uso de los recursos económicos, humanos y de los bienes del Sindicato de acuerdo a los planes y proyectos aprobados en el presupuesto anual, de acuerdo al Plan Estratégico.

A su cargo tendrá el área de recursos humanos, relativa a la contratación del personal en las distintas áreas y sus condiciones laborales; la guarda y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles del Sindicato.

VI. Elaborar el Plan de Trabajo de la administración y optimización de los recursos del Sindicato de acuerdo al Plan Estratégico de la ANDA.

VII. Elaborar y presentar, en unión del titular de la Secretaría del Tesoro, Contabilidad y Finanzas, previa consulta con las distintas Secretarías y Comités, para su estudio en el Pleno del Comité Ejecutivo Nacional, el presupuesto anual de los gastos de administración generales del Sindicato.

El presupuesto deberá ser presentado en forma desglosada para su aprobación por parte de la Asamblea conforme lo señalado en este Estatuto, y publicado en el portal de transparencia de la ANDA.

VIII. Ejercer el presupuesto de gastos de administración, de acuerdo a los objetivos de corto, mediano y largo plazo, establecidos en el Plan Estratégico de la ANDA.

IX. Supervisar la administración del presupuesto general que incluye el de las Secciones y Delegaciones apegado a las condiciones acordadas por la Asamblea General.

X. Con conocimiento del titular de la Secretaría General, suscribir conjuntamente con el titular de la Secretaría del Tesoro, Contabilidad y Finanzas, el retiro de las instituciones de crédito, de los fondos indispensables para las necesidades de la administración sindical, conforme a los presupuestos aprobados por el Comité Ejecutivo Nacional y ratificados en la Asamblea General.

XI. Substituir a el titular de la Secretaría General en sus ausencias temporales, informándole puntualmente de las actividades realizadas.

XII. Tener a su cargo el Departamento de Sistemas de la Asociación, con personal profesional calificado, que dará servicio a todas las Secretarías, Comités, Secciones, Delegaciones y demás dependencias del Sindicato.

El Departamento de Sistemas implementará las medidas para que la ANDA cuente con un sistema informático digital, robusto, dinámico, interrelacionado entre las Secretarías, los Comités y dependencias del Sindicato, que garantice la seguridad en los archivos y actos jurídicos que se realicen en la Agrupación.

XIII. Todas las demás que se deriven de las facultades conferidas y la naturaleza de su cargo y que no estén atribuidas a otra Secretaría.

ARTÍCULO 85. Son obligaciones del titular de la Secretaría del Interior y Administración:

I. Elaborar e implementar el Plan Estratégico en lo relativo a la administración de los recursos, así como el manual de procedimientos de la Secretaría a su cargo. Implementar y aplicar el Reglamento de Administración, adquisiciones y compras.

II. Vigilar la buena marcha de las Secciones y Delegaciones del sindicato y de sus respectivas oficinas, coordinando sus actividades con el Comité Ejecutivo Nacional.

III. Atender las necesidades económicas de las Secciones y Delegaciones, estableciendo los mecanismos necesarios para su resolución.

IV. Ejercer el presupuesto que se apruebe para los gastos de administración del Sindicato, buscando lograr la optimización y mejor provecho de los recursos económicos y humanos. Para lo anterior implementará medidas generales que busquen el ahorro en el gasto y su mejor uso.

V. Realizar las adecuaciones necesarias al Plan Estratégico de Administración para estar en capacidad de realizar las correcciones administrativas para el cumplimiento de los objetivos estratégicos.

VI. Solicitar a la Secretaría del Tesoro, Contabilidad y Finanzas, los recursos económicos necesarios para la ejecución del gasto debidamente fundamentado y de acuerdo al presupuesto establecido.

VII. Presentar al Pleno del Comité Ejecutivo Nacional, las peticiones que haga cada Secretaría, de acuerdo con su presupuesto, para proyectos de adquisición, renta y cualquier otro que requiera desembolso mayor al autorizado en el presupuesto, el cual será analizado y acordado por mayoría del Pleno del Comité Ejecutivo Nacional con presencia del Comité de Fiscalización y Vigilancia.

El presupuesto anual presentado a la Asamblea, deberá contener la cantidad máxima para la adquisición de bienes, enseres y servicios que no requerirán licitación, todas las demás adquisiciones de monto superior, tendrán que realizar el proceso de licitación establecido en el Reglamento de Compras y adquisiciones correspondiente.

VIII. Realizar en el área de los Recursos Humanos, las adecuaciones necesarias para poder alcanzar los objetivos de los diferentes planes de trabajo.

Mantener actualizado el Manual de procedimientos para esta área.

IX. Llevar un inventario valuado de todos los muebles e inmuebles, útiles y enseres, así como de todos los demás objetos pertenecientes a la ANDA.

X. Administrar y supervisar los recursos de las áreas operativas del Sindicato, los teatros, Estancia Infantil Dolores del Río, Centro de Capacitación Artística, Casa del Actor y cualquier entidad propiedad de la ANDA, de acuerdo al reglamento que se tenga para cada una.

XI. Cuidar y dar mantenimiento a todos los muebles e inmuebles que se encuentren bajo la responsabilidad de la ANDA.

Vigilar el abastecimiento y calidad de los artículos que el Sindicato consume.

XII. Presentar a la Asamblea General Ordinaria, los informes de sus actividades, entregándolos por escrito para su publicación. Al terminar su período, deberá rendir el informe detallado de su gestión a la Asamblea y entregarlo por escrito, incluyendo los asuntos en curso, pendientes y programados a futuro.

XIII. Las demás obligaciones que se deduzcan de las facultades conferidas y de la naturaleza de su cargo y que no estén atribuidas a otra Secretaría.

 

Conoce las facultades y obligaciones de los demás miembros del Comité Ejecutivo Nacional

 

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